El 10 de noviembre de 2024, la Unión Europea (UE) introducirá un nuevo sistema informático llamado Sistema de Entrada/Salida (EES). Las personas no pertenecientes a la UE podrían necesitar registrarse en el EES.
Durante la primera mitad de 2025, también introducirán un programa de exención de visa para personas no pertenecientes a la UE que viajan sin visa al Área Schengen llamado Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes (ETIAS).
Sistema de Entrada/Salida (EES)
Todas las personas no pertenecientes a la UE que necesiten una visa o estén exentas de visa para estancias cortas en países europeos (hasta 90 días en 180 días) deben registrarse en el EES.
El EES recogerá los siguientes datos:
- Datos del documento de viaje
- Fechas de entrada y salida
- Datos biométricos
- Imágenes faciales
- Huellas dactilares para aquellas personas que están exentas de visa
De acuerdo con el RGPD, los datos se almacenan durante 5 años o hasta que ya no sean necesarios para su propósito inicial.
El EES mejorará la gestión de fronteras y la seguridad al reducir los tiempos de espera, combatir el fraude de identidad e identificar a las personas que se quedan más tiempo del permitido.
Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes (ETIAS)
Los ciudadanos no pertenecientes a la UE que no necesitan una visa para entrar al Área Schengen deben solicitar la autorización ETIAS antes de su viaje o se les negará la entrada a la UE.
La autorización ETIAS costará 7 euros, y todas las solicitudes deben completarse en línea.
La mayoría de las aprobaciones se conceden en cuestión de minutos, pero las personas que viajan deberían solicitarlo con bastante antelación en caso de que se requieran controles adicionales.
La autorización ETIAS es válida por 3 años o hasta que el pasaporte del viajero expire, lo que ocurra primero.
Nota: TravelPerk no puede solicitar ni pagar la autorización ETIAS. Debes completar este proceso por tu cuenta.
Exenciones
- Nacionales del Reino Unido y sus familiares que son beneficiarios del Acuerdo de Retirada pueden residir en el territorio de su país anfitrión de la UE y viajar a otros países de la UE sin ETIAS siempre que tengan documentos que prueben su estatus. Para más información, consulta la página web de la UE sobre los nacionales del Reino Unido en la UE.
- Algunos familiares de ciudadanos de la UE están exentos del ETIAS si tienen los documentos de residencia apropiados. Para más información, consulta la página web de la UE sobre quién debe solicitar el ETIAS.
Para obtener todos los detalles sobre el EES, consulta la página web del EES de la Unión Europea.
Para obtener detalles completos sobre el ETIAS, consulta la página web del ETIAS de la Unión Europea.